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Postura de los testigos de Jehová sobre las bodas gays

Cuando Jesús estuvo en la Tierra no discriminó a nadie. De hecho fue criticado por tener trato con “los pecadores”.

Juan Carlos Zárate, de Testigos de Jehová

Él le enseñaba a toda persona acerca del amor de su padre Jehová, lo que motivó a algunos que tenían prácticas como la borrachera, el robo, la homosexualidad, etcétera, a abandonar dicha forma de vivir (1 Corintios 6:9-11). Esto sucedió en aquel entonces y también en la actualidad. En nuestra comunidad no son pocas las personas que tenían esos hábitos pero han cambiado. También es digno de notar que Jesús no se involucró en resolver los serios problemas e injusticias que enfrentaba el pueblo de Israel. En ese tiempo estaban bajo el yugo romano. De hecho quisieron hacerlo rey, pero tal como leemos en el evangelio de Juan 6:15, “él huyó”. Incluso dijo que habría que “dar al César las cosas del César”. Aunque esto no significa que los gobiernos tienen potestad absoluta, sí implica por lo menos dos cosas: 1) Que tienen derecho a promulgar leyes y hacerlas cumplir y 2) Que son responsables ante Dios por las consecuencias de las mismas, llámese, entre otras, mandar a la gente a la guerra, facilitar el aborto o, como en este caso, aceptar el casamiento entre personas del mismo sexo y la adopción de niños por parte de éstas. Por ello, los testigos de Jehová, al igual que lo hiciera nuestro Señor Jesucristo, nos limitamos a mostrar con la Biblia lo que es la voluntad de Dios. Si de establecer “un orden” en la compleja sociedad actual se trata, podríamos poner un ejemplo: a un arquitecto que diseña un edificio no se le ocurriría desafiar las leyes físicas que Dios estableció, como la gravedad. Se vendría abajo. Causaría muchos daños y sufrimientos. ¿Acaso será distinto con las leyes morales establecidas por Dios? Las consecuencias de no tomar en cuenta la opinión de Dios están a la vista: fracasos matrimoniales, niños que crecen en hogares inestables, embarazos no deseados, enfermedades de transmisión sexual, etcétera. Aunque suene arcaico, la Biblia enseña de principio a fin que las únicas relaciones íntimas que Dios aprueba son las realizadas con el sexo opuesto dentro de la institución del matrimonio. En Isaías 48:17 leemos: “Esto es lo que ha dicho Jehová: ‘Yo, Jehová, soy tu Dios, aquel que te enseña para que te beneficies a ti mismo, aquel que te hace pisar en el camino en que debes andar’. ¡Oh, si realmente prestaras atención a mis mandamientos! Entonces tu paz llegaría a ser justamente como un río y tu justicia, como las olas del mar.” En síntesis, la Biblia condena no solamente la homosexualidad, sino también a los que la aprueban, tal como se lee en Romanos 1:24-32. En cualquier aspecto de la vida, sintonizar nuestra vida con lo que es la opinión de nuestro Creador produce el mejor resultado. Los testigos de Jehová nos ofrecemos para enseñar la Biblia a toda clase de personas, sea cual fuere la forma en que vive hoy, y conozcan cómo Dios pronto hará de esta Tierra un “nuevo mundo” con aquellos que deciden respetarlo. Pueden informarse visitando nuestro sitio oficial www.watchtower.org.

FUENTE: http://www.elsolonline.com/noticias/view/25678/postura-de-los-testigos-de-jehova-sobre-las-bodas-gays

Yo conozco un pueblo… (Segunda parte)

Grandes batallas pueden ser ganadas por pequeños ejércitos. La diferencia muy bien pudiera ser la tecnología. Quien la tenga de su lado se alzará con la victoria. Grandes imperios han sido conquistados por pueblos mucho mas pequeños y débiles. La historia nos trae el relato de Alarico, rey de los visigodos, una tribu germana que se había convertido al “cristianismo”, que en el 410 E.C. derrotó al imperio romano. El poderoso ejército ruso fue derrotado en Afganistán por grupos de guerrillas, luego de muchos años de largas luchas. Hoy, el ejército más poderoso de la Tierra –el ejército norteamericano- está tambaleando ante el constante empuje de esos mismos grupos de guerrillas, también en Afganistán.
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Jesucristo no murió en la cruz

Un teólogo sueco asegura que no existen suficientes evidencias bíblicas

05.07.10 | 17:22 h.  INFORMATIVOS TELECINCO

La crucifixión, en duda. Después de 2.000 años siendo el símbolo de la muerte de Jesucristo y del cristianismo, las referencias bíblicas no son suficientes para decir que Cristo murió en la cruz. Un teólogo sueco que ha estudiado el asunto durante tres años, cree que un error de traducción puede ser el origen del equívoco, según publica el portal de la cadena estadounidense ‘ABC News’ .

Un teólogo sueco asegura que no existen referencias explícitas en la Biblia de que Jesucristo fuera crucificado.

Gunnar Samuelsson, pastor evangelista y teólogo ha consultado durante tres años numerosos textos antiguos para realizar una tesis de 400 páginas titulada ‘La Crucifixión en la antiguedad’.

El estudioso de 44 años, califica su descubrimiento de «shock», porque «aunque hay numerosas referencias a ‘un dispositivos de suspensión’, vinculado a la muerte de Jesucristo, no encontró ninguna mención explícita a la cruz, en forma de T clásica», ni en los textos antiguos, ni en los Evangelios.

Samuelsson, ferviente religioso que cree en la resurrección de Jesús, afirma que durante generaciones y generaciones se ha malinterpretado y traducido mal la palabra griega ‘stauros’, como crucixión, cuando en realidad, este término significa aparato de suspensión, que podría ser «un poste o un tronco de árbol».

«Si usted elige sólo las escrituras y pasa por alto el arte y la teología, solo hay absolutamente una pequeña cantidad de información acerca de la crucifixión. En la Biblia se lee que Jesús fue llevado en algo que se llama ‘stauros’ hasta el Calvario.

Todo el mundo pensó que significaba cruz, pero no es la única acepción que tiene esa palabra. No podemos decir que cada instancia de este sustantivo, stauros hace referencia a una cruz «, dijo Samuelsson.

Los dispositivos de suspensión y la muerte de esta forma fueron usados habitualmente en el mundo antiguo por los romanos y sus contemporáneos, para la ejecución y la exhibición de los órganos de criminales y enemigos.

Parte de su fundamentación sobre la traducción equivocada tiene origen en referencia a las cosas,  como las frutas y animales muertos que son traducidos «crucificados» en los textos antiguos. Mientras cuando en estos se traduce la palabra como «suspendido» tiene más sentido.

Incluso, asegura este pastor que no esperaba el interés que está generando su tesis, que solo en un libro se mencionan los clavos.

En un principio, este hombre pensó que iba a imprimir 200 copias para que las leyeran su familia y amigos, pero que no esperaba el interés que ha provocado entre los estudiosos.

De todas formas, Samuelsson que se define a sí mismo como «un pastor aburrido». asegura que «cree fervientemente que Jesús es el hijo de Dios y que su descubrimiento no significa que tengamos que echar abajo las cruces en todas las iglesias. »

Fuente:

No a los crucifijos

El borrador de la nueva ley española de Libertad Religiosa garantiza la neutralidad de creencia, por lo tanto, no se podrán realizar funerales católicos ni exhibir Cristos cruficados en los recintos públicos, incluyendo hospitales y escuelas. 

Los funerales de Estado que se efectuaban en España a las vícitimas de atentados terroristas y a soldados y policías muertos en servicio, no podrán volverse a llevar a cabo si se aprueba la ley de Libertad Religiosa que prepara el Gobierno español.

El problema es que esas ceremonias eran exclusivamente católicas, no obstante que entre los muertos hubiese musulmanes, judíos o cristianos ortodoxos.

El borrador del texto legal que prepara el Ejecutivo español establece que el Estado organizará exclusivamente funerales civiles y sólo se podrá desarrollar una ceremonia religiosa si los familiares de los fallecidos lo solicitan. Y si entre los militares caídos hubiera católicos y musulmanes, tendrían que celebrarse dos ceremonias sucesivas o una sola multiconfesional.

“Los actos y celebraciones oficiales organizados por los poderes públicos se llevarán a cabo de forma que no integren ceremonias de carácter religioso” (según trascendió, después de una visita del presidente español José Luis Rodríguez Zapatero al Papa Benedicto XVI, el Gobierno no va a poner en marcha la nueva ley hasta después del verano, que termina el 22 de septiembre).

La materia de la ley se refiere en primer lugar a los funerales, pero también a cualquier otro acto religioso.

El texto, según confirman fuentes oficiales, se refiere, por primera vez, a la ‘laicidad del Estado’ —ese el título de un capítulo y de un artículo.

Sin embargo, en los artículos que desarrollan y explican esa laicidad, no se afirma que España será un Estado laico, sino que se habla solamente de “neutralidad de los poderes públicos ante la religión o las creencias”, y de la obligación del Estado de evitar “toda confusión entre las funciones oficiales y las  actividades religiosas”.

Un ejercicio más claro

La nueva ley servirá también para determinar el alcance de los derechos de la libertad religiosa y de conciencia y para que se tome más en cuenta la nueva realidad confesional que se vive en España, en la que, a causa de la inmigración, han crecido los adeptos a otras religiones, especialmente en lo que se refiere al número de musulmanes (1.4 millones), de protestantes (que rebasan el millón) y de cristianos ortodoxos (que ya suman 600 mil).

Las consecuencias concretas de la laicidad están contenidas en cuatro artículos. Aparte de regular los actos oficiales, el texto prohíbe los símbolos religiosos en determinados lugares: “En los establecimientos públicos no se exhibirán símbolos religiosos, salvo aquellos con valor histórico-artístico, arquitectónico y cultural, protegidos por las leyes”, establece la letra del documento. Es decir, no podrá haber crucifijos en escuelas ni hospitales públicos, ni tampoco en ayuntamientos ni ministerios.

Hay una excepción a esta regla en el texto. Pese a estar financiados con dinero público, los colegios concertados con el Estado o los centros médicos privados que tengan convenio con la Seguridad Social sí podrán exhibir simbología religiosa acorde a su credo (el Ministerio de Justicia estima que 80 por ciento de los símbolos religiosos carentes de valor artístico ya han sido retirados de los edificios públicos).

Limitaciones a la autoridad

En la nueva ‘Ley Española de Libertad Religiosa’, las  autoridades tienen bien definidas sus propias limitaciones. Por ejemplo, si acuden a “actos estrictamente religiosos”, deberán hacerlo “de tal manera que no suponga una quiebra de los principios de neutralidad y no discriminación”, dice el texto de la ley. Es decir, que no sólo deberán atender las invitaciones de la Iglesia católica y participar, por ejemplo, en procesiones, sino que también deberán acudir a los actos de las demás confesiones.

La presencia de funcionarios en los actos religiosos está regulada de forma distinta a la de las autoridades. El texto establece que la asistencia a esos actos será siempre “voluntaria”. El nuevo reglamento de honores militares se ha anticipado, en cierta medida, a la futura ley. Aprobado el 19 de mayo (hace un mes), estable que cuando el Departamento de Defensa autorice a escoltas y cadetes a asistir a celebraciones religiosas, la participación de los militares “tendrá carácter voluntario” y en todo caso “no podrán rendir honores al Santísimo, a la Virgen ni a los santos”.

Esta participación de los funcionarios, incluso si es voluntaria, podría chocar, según expertos consultados, con la ‘neutralidad’ de los poderes públicos y con la obligación de evitar “toda confusión entre las funciones estatales y las actividades religiosas que consagra la ley”.

Las restricciones islámicas

La comisión que redacta el anteproyecto de ley no ha decidido aún si regulará o no los símbolos religiosos individuales que llevan, en su vida pública, los ciudadanos que no representan al Estado; es decir, prendas como el hiyab (pañuelo islámico) que ya ha desatado polémica en ciertos sectores de la sociedad española.

“Es uno los asuntos que se siguen debatiendo”, indican fuentes del Gobierno. Pero el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, es favorable a legislar sobre el velo islámico. “Hay que precisar qué elementos religiosos de identificación personal puede portar un ciudadano dentro de los espacios públicos. Por lo tanto, la ley deberá ser clara y aplicar “el sentido común y la tolerancia”, señaló Caamaño.

Uno de los contenidos de la libertad de conciencia es el derecho a “vivir y comportarse de acuerdo con las propias convicciones y creencias”; lo que conlleva el poder expresar los elementos propios de cada  religión.

La regulación que se propone es similar a la contenida en la ley de libertad religiosa vigente (de 1980), que no consiguió dejar claro si el hiyab debe o no ser permitido en aulas o salas de juicio o si cualquier colegio o juez puede impedir su uso.

Las restricciones al uso del burka (que cubre casi toda la cara) y del niqab, entraron en algunas regiones españolas en una senda sin retorno tras la prohibición de Barcelona y Tarragona de lucir esas prendas en las dependencias municipales.

El alcalde de Barcelona, Jordi Hereu, anunció la expedición de un decreto que obligará a que todos los ciudadanos que visitan las instalaciones públicas puedan ser identificables en todo momento (el uso del velo islámico hace imposible identificar a una persona).

La idea es dejar claro que en todo momento los usuarios de las instituciones del Estado deben enseñar su cara, y de que cualquier autoridad puede prohibir la entrada a personas que lleven la cara total o parcialmente cubierta, ya se trate de burka, niqab, cascos de moto o pasamontañas. 

Apoyo oficial

El Gobierno propone también equipar prácticamente a las cuatro religiones que gozan en España de ‘notorio arraigo’ —mormones, testigos de Jehová, budistas y ortodoxos— con las tres que en 1992 firmaron acuerdos con el Estado; es decir, musulmanes, protestantes y judíos.

Pero la Iglesia católica gozará de una situación privilegiada, por ejemplo, continuará como la única confesión a la que los contribuyentes podrán dedicar 0.7 por ciento de su Impuesto sobre la Renta.

El borrador del proyecto de ley establece las condiciones (años de inscripción, número mínimo de lugares de culto, etcétera) para que otras religiones obtengan el estatus de ‘notorio arraigo’ y la consiguiente capacidad de interlocución con el Estado, así como las ventajas fiscales que de ello derivan.

FUENTE: http://www.vanguardia.com.mx/noaloscrucifijos-511360.html

La laicidad, el “notorio arraigo” y la casilla del 0,7%

La única iglesia que podrá incrementar sus arcas con la casilla del 0,7% de IRPF (…) es una de las pocas “empresas” que obtuvieron beneficios en 2009) que bien podría haber empleado en otro tipo de menesteres más cercanos a su discurso pastoral como “ la ayuda al necesitado”.

NUEVATRIBUNA.ES – 14.6.2010
La expresión “laicidad del Estado” es el título de uno de los capítulos del borrador de la Ley de Libertad Religiosa que aunque pueda parecerlo no se refiere, como podría entenderse, a la concepción de España como un Estado laico sino a lo que el texto del borrador reconoce como “la neutralidad de los poderes públicos ante las creencias religiosas”.
Aunque el borrador de Ley de Libertad Religiosa no va a presentarse hasta después del verano (su envío a las Cortes Generales estaba previsto para este mes) se hizo público que entre los contenidos del texto se establece que los actos oficiales serán considerados “civiles” (los actos y celebraciones oficiales organizados por los poderes públicos se llevarán a cabo de forma que no integren ceremonias de carácter religioso), que no se podrán exhibir símbolos religiosos en colegios, hospitales, ministerios, o ayuntamientos (exceptuando a los edificios con valor histórico-artístico, arquitectónico y cultural) y que las autoridades que decidan a actos religiosos tendrán que respetar el principio de neutralidad (si optan acudir a los actos católicos tendrán también que asistir a los de otras confesiones).
Las religiones consideradas de “notorio arraigo” (mormones, testigos de Jehová, budistas y ortodoxos) se equipararán a las que firmaron el acuerdo de 1992 (musulmanes, protestantes y judíos) lo que se traduce en que alcanzarán la condición de interlocutor válido para el Estado y podrán obtener ventajas fiscales. En definitiva lo que parece es que la nueva ley va a establecer una relación igualitaria de privilegios entre los diferentes credos en lugar de la eliminación de los mismos, gracias a lo cual podrán seguir la estela de la iglesia católica, que no padece la crisis, ni la recesión y que disfruta de unas cuentas lo suficientemente saneadas como para permitirse seguir financiando sus actividades sin tener que llevar a cabo ningún tipo de recorte presupuestario.
En la actualidad estas ventajas son patrimonio exclusivo de la iglesia católica, gracias a su mayor influencia sociológica y al blindaje del concordato de 1979, un acuerdo que en la práctica se convirtió en un paquete de privilegios de los que la jerarquía católica va a seguir disfrutando porque aunque se vea obligada a compartirlos con otros credos continuará siendo la única iglesia que podrá incrementar sus arcas con la casilla del 0,7% de IRPF que seguirán marcando sus fieles contribuyentes; unos nueve millones en el ejercicio pasado y a los que la jerarquía católica “anima” a través de costosísimas campañas publicitarias a las que destina una elevada partida presupuestaria (la Iglesia es una de las pocas “empresas” que obtuvieron beneficios en 2009) que bien podría haber empleado en otro tipo de menesteres más cercanos a su discurso pastoral como “ la ayuda al necesitado”).
Un reportaje de Virginia Miranda publicado en el número 870 de la revista El Siglo aporta datos del Ministerio de Economía y Hacienda sobre las arcas de la Iglesia. “el Estado recaudó un 10,05 por ciento menos de IRPF en 2009” mientras “el déficit de las Administraciones asciende al 11,4 por ciento”. Frente a estas pérdidas se contrapone el aumento en las arcas católicas porque “la asignación de la Iglesia se ha incrementado en cambio un 4,3% por ciento gracias al mayor número de contribuyentes que marcaron su casilla en la declaración de la renta”.
Pilar Rego – Educadora Social

Rusia condenada por prohibir a los Testigos de Jehová

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo consideró que las autoridades rusas «no actuaron de buena fe y faltaron a su deber de neutralidad y de imparcialidad» con esta comunidad religiosa.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó este jueves a Rusia por haber disuelto en 1998 de manera “injustificada” a los Testigos de Jehová y haber rechazado de forma repetida desde entonces su autorización oficial.

El Tribunal de Estrasburgo consideró que al rechazar reiteradamente la inscripción de los Testigos de Jehová de Moscú, las autoridades rusas “no actuaron de buena fe y faltaron a su deber de neutralidad y de imparcialidad” con esta comunidad religiosa.

Asimismo, la Corte estimó que la duración del proceso de disolución ante los tribunales (cinco años y medio) fue “excesivo”, y dictaminó que Rusia debe pagar a los demandantes 20.000 euros por el daño moral y 50.000 euros por las costas judiciales.

Los jueces de Estrasburgo determinaron que Rusia violó tres artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos: el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; el derecho a la libertad de reunión y asociación; y el derecho a un proceso justo en un período razonable.

Los testigos de Jehová habían estado presentes en Rusia desde 1891, y tras su prohibición durante el régimen comunista, lograron en 1993 el estatus de “persona moral”.

Pese a ello, en 1998 un tribunal moscovita sentenció su disolución y puso fin a sus actividades, a petición de una organización no gubernamental próxima a la Iglesia ortodoxa rusa.

Los demandantes intentaron en reiteradas ocasiones, con el pretexto de la entrada en vigor de la ley sobre libertad de conciencia y asociaciones religiosas en 1997, volver a recuperar su estatus, pero finalmente en 2004 una decisión de la justicia ordenó su disolución definitiva.

Fuente: http://www.elmostrador.cl/noticias/mundo/2010/06/10/rusia-condenada-por-prohibir-a-los-testigos-de-jehova/

Fuente: http://www.nortecastilla.es/agencias/20100610/mas-actualidad/vida-ocio/rusia-condenada-prohibir-testigos-jehova_201006101356.html

Corte Europea califica de ilegítima la disolución en Moscú de la comunidad Testigos de Jehová

París, 10 de junio, RIA Novosti. El Tribunal Europeo para los Derechos Humanos calificó de ilegítimo el fallo dictado en Moscú sobre la disolución de la comunidad religiosa Testigos de Jehová  y obligó a Rusia a pagarle 70 mil euros, informó hoy la oficina de prensa del Tribunal de Estrasburgo.

La demanda judicial de prohibir la actividad  de Testigos de Jehová fue presentada en 1995 por la ONG Comité de Salvación. En marzo de 2004, un juzgado distrital de Moscú disolvió a esa organización religiosa y prohibió su actividad. Le imputaron, en particular, los intentos de enganchar a menores de edad en contra de su voluntad y sin autorización de sus padres, de inducir a los creyentes a romper con sus familias, así como de violar los derechos y las libertades de ciudadanos, atentar contra su salud, incitarlos a suicidios y a renunciar a la ayuda médica por consideraciones religiosas.

Testigos de Jehová  a su vez apelaron al Tribunal de Estrasburgo en octubre de 2001, que emitió su veredicto el 10 de junio de 2010, señalando que dichas acusaciones no estaban debidamente probadas.

El Tribunal calificó la disolución de la comunidad religiosa en cuestión como una medida desproporcional y demasiado rigurosa.

La decisión tomada hoy entrará en vigor dentro de tres meses si las partes en el transcurso de ese período no solicitan examinar el pleito en la Gran Cámara del Tribunal Europeo para los Derechos Humanos.

Testigos de Jehová  es una organización religiosa internacional. En opinión de las confesiones tradicionales y varios expertos, es una secta totalitaria seudocristiana. Según la propia organización, en agosto de 2009 tenía unos siete millones de adeptos. La actividad de Testigos de Jehová  está prohibida en China, Corea del Norte, Uzbekistán, Turkmenistán, Arabia Saudí, Irán, Iraq y otros países.

FUENTE: http://sp.rian.ru/onlinenews/20100610/126656638.html

¡95 AÑOS DE HISTORIA Y ‘LUCHA’ CRISTIANA EN ESPAÑA!

Coincidiendo con el congreso anual que los Testigos Cristianos de Jehová celebran este verano en el recinto ferial IFECO de Córdoba, se habrán cumplido 95 años desde que esta confesión iniciara su actividad religiosa en nuestro país, allá en la primavera de 1915.

En ese casi un siglo de historia, los Testigos han pasado por periodos duros que han supuesto para este colectivo represión, persecución religiosa y hasta clandestinidad: unos treinta y cuatro años bajo la represión franquista, hasta el 1970, cuando bajo el impulso del Concilio Vaticano II, nuestro país aprobó la primera ley de libertad religiosa.

Pocas personas saben que diez años después del inicio de la labor cristiana de esta confesión, en 1925, bajo el gobierno del general Primo de Rivera, unas tres mil quinientas personas tuvieron ocasión de escuchar a Joseph Rutherford, presidente a la sazón de la corporación internacional de los ?Estudiantes de la Biblia? en dos salas señeras de la época: en el Teatro Novedades de Barcelona, y en el Teatro La Princesa, de Madrid. El discurso, que se publico a toda pagina en el periódico Informaciones del 12 de mayo de 1925, pagina 6, fue introducido en estos términos: ?La disertación [constituyó] el destello mas saliente de los reflejos del día?.

Desde esa fecha en adelante, y hasta el 1936, por la documentación de la que se dispone, esta confesión mantuvo un programa de conferencias semanales que se emitían por la emisora de radio EAQ, Radiodifusión Ibero-Americana, que tuvo sus estudios en la calle Alcalá, 43.

Terminada la Guerra Civil Española, y ya bajo el gobierno de Franco, dio comienzo un periodo de dura represión que obligó a los Testigos a realizar su labor en la más absoluta clandestinidad. En 1937, uno de sus miembros, el joven Antonio Gargallo

Mejía, fue fusilado en Jaca por negarse a tomar las armas. Posteriormente, debido a su objeción de conciencia al adiestramiento militar y al servicio de armas, más de mil jóvenes Testigos pasarían por las cárceles franquistas.

Hoy los Testigos Cristianos de Jehová se hallan presentes en todo el territorio español. Hay más de 110.000 Testigos confesionales, y junto a los simpatizantes que frecuentan sus reuniones, constituyen un total de más de 170.000 personas.

Con este comunicado, y aprovechando los treinta congresos que tendrán lugar durante este verano ? tanto en español como en francés, rumano, ruso, chino, alemán ingles, lenguas escandinavas y lengua de signos ?, bajo el lema ? Permanezcamos cerca de Jehová ?, los Testigos han distribuido a los medios de comunicación una historia abreviada de sus 95 anos de historia y ‘lucha’ en España.

FUENTE: http://www.periodicoadarve.com/index.php?page=20&ampliar=1172&p=-1

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Las transfusiones de sangre: riesgos y peligros

Articulo copiado de saludbio.com

Transfusiones de sangre. Sinascito. Parásito que según el 
Pleomorfismo se desarrolla en la sangre con un pH ácido

Hay un artículo fechado el 7/01/2009 del periódico El Mundo con el título “Más seguridad para la sangre donada
El resumen de la noticia sería que “La FDA (la Agencia que regula los medicamentos en EEUU) ha dado el visto bueno a una nueva prueba para detectar los virus del sida y de las hepatitis C y B en la sangre donada. Se trata de un único análisis del ARN de los virus que se realiza en una sola plataforma y en tiempo real.”

Según esta prueba “su único objetivo es elevar la seguridad de la sangre donada mediante una identificación más temprana de infecciones que con las pruebas serológicas tradicionales.”

¿Por qué se hace necesario este nuevo test? Porque, como señala la noticia, “según los datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), un 5% de los nuevos casos de sida que se registran cada año se produce por transfusiones sanguíneas, unas cifras que el nuevo análisis tratará de reducir. Asimismo, la sangre contaminada es responsable de entre ocho y 16 millones de infecciones por hepatitis B anualmente y de alrededor de 4,7 millones de casos de hepatitis C.”

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El 5% de los españoles se niega a recibir una transfusión de sangre por motivos religiosos o por «miedo» a enfermedades

La sangre que se administra en los hospitales españoles es «la más segura que ha habido nunca», según los anestesiólogos

MADRID, 04 (EUROPA PRESS)

En torno a un 5 por ciento de los pacientes españoles que requieren una transfusión de sangre se niega a recibirla por motivos religiosos –en su mayoría testigos de Jehová– o por miedo a que la sangre esté «contaminada» con anticuerpos del sida o con el virus de la hepatitis, según afirma el vicepresidente de la Sección de Hemostasia y Medicina Transfusional de la Sociedad Española de Anestesiología y Reanimación (SEDAR), el doctor Juan Vicente Llau.

Para este experto, estos «miedos» están infundados, ya que «la sangre que se administra hoy día en los hospitales españoles es enormemente segura». Es cierto que «no se ha alcanzado el riesgo cero», una meta «utópica» en opinión del doctor Llau, pero gracias a los «exhaustivos» controles que se realizan, tanto a la sangre como al donante, «se puede decir que es la más segura que ha habido nunca».

«Además, –comenta el doctor Llau a Europa Press– en los últimos años se ha añadido a estos controles el método de la ‘desleucocitación’, que disminuye el efecto secundario de la fiebre, reduce la alteración del sistema inmune y evita el riesgo de transmisión de nuevas enfermedades como la de Creutzfeldt-Jakob», también conocida como el mal de las «vacas locas».

Para más seguridad, las donaciones procedentes de Reino Unido –país donde se detectó el primer caso de «vacas locas»– están restringidas en España, explica este experto. En cualquier caso, «España casi se autoabastece de donaciones; puede ser que circunstancialmente la sangre se traiga de otros sitios como Francia, que cumple con todos los requisitos de seguridad de la Unión Europea», señala.

AHORRO DE UNIDADES DE SANGRE

Por otra parte, durante su intervención en la III Reunión de la Sección de Hemostasia, Medicina Transfusional y Fluidoterapia Perioperatoria de la SEDAR, el doctor Llau ha destacado la importancia de «preparar bien al paciente antes de las cirugías», para «asegurar en la medida de lo posible la eficiencia de las transfusiones de sangre en el perioperatorio» (antes, durante y después de la intervención).

En este sentido, este especialista asegura que «se podría evitar la administración de hasta un 30 por ciento de las unidades de sangre que se emplean habitualmente en el perioperatorio». La utilización de nuevos marcadores como la saturación venosa mixta y el lactato, en combinación con los medidores de hemoglobina «ayudarían al anestesista a encontrar el momento óptimo para realizar la transfusión», asegura Llau.

Asimismo, el representante de la SEDAR recuerda que también es importante que el paciente no sufra anemia, situación que presentan en torno al 20 por ciento de los pacientes antes de la operación, ya que entonces «habrá que transfundir antes al paciente una vez empiece a perder sangre».

Fuente:http://ecodiario.eleconomista.es/salud/noticias/2203430/06/10/El-5-de-los-espanoles-se-niega-a-recibir-una-transfusion-de-sangre-por-motivos-religiosos-o-por-miedo-a-enfermedades.html