No está mal escrito

No esta mal escrito miralo bien y lo entenderas
 
¡3XC3L3N73 3J3RC1C10!

SI CONSIGUES LEER LAS PRIMERAS PALABRAS, EL
CEREBRO DESCIFRARA LAS OTRAS.
 
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50N C4P4C35 D3 H4C3RN05 50NRR31R.

HUMOR- Una de jefes y empleados

DE EMPLEADO A EMPLEADO:
– ¿Supiste que falleció el jefe?
– Sí, pero quisiera saber quien fue el que falleció con él.
– ¿Por qué lo dices?
– ¿No leíste la esquela que puso la empresa? Decía: ‘…y con él se fue una gran persona…’
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JEFE:
– Este es el cuarto día que usted llega tarde esta semana. ¿Qué conclusión saca de eso?
EMPLEADO:
– Que hoy es jueves…
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DE EMPRESARIO A EMPRESARIO:
– ¿Cómo consigues que tus empleados lleguen puntuales al trabajo?
– Sencillo, tengo 30 empleados, pero sólo 20 aparcamientos.
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EMPLEADO:
Mientras mi jefe actúe como si me estuviera pagando un buen sueldo… yo actuaré como si estuviera haciendo un buen trabajo.
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ELIMINADO

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JEFE DE PERSONAL:
– Aquí buscamos un empleado que no se amilane ante ningún trabajo, y no se enferme nunca.
ASPIRANTE:
– OK, yo le ayudo a buscarlo.
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JEFE:
– Antonio, yo sé que el sueldo no le alcanza para casarse…, pero algún día me lo agradecerá.
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EMPLEADO:
– Jefe, ¿puedo salir hoy dos horas antes? Mi mujer quiere que la acompañe a hacer unas compras.
JEFE: – De ninguna manera.
EMPLEADO: – Gracias jefe, yo sabía que usted no me iba a defraudar.

¿ES INCOHERENTE LA TRADUCCIÓN DEL NUEVO MUNDO AL TRADUCIR PROSKYNEO?

La palabra griega ????????? (proskyneo, a veces transliterada como proskuneo) ha sido utilizada en ocasiones por creyentes en la Trinidad para atacar la traducción de la Biblia publicada por los testigos de Jehová, la Traducción del Nuevo Mundo. ¿Cómo?

Ellos afirman que la palabra griega proskyneo significa “adorar”, y entonces señalan al hecho de que la Traducción del Nuevo Mundo lo traduce como “rendir homenaje” siempre que se refiere a Jesús (en versículos como Mateo 2:11; 8:2; 9:18; 14:33; 15:25; 28:9, 17; Marcos 5:6; 15:19; Lucas 24:52; Juan 9:38 ó Hebreos 1:6). Según ellos, esto es una distorsión del texto original de la Biblia que evita reconocer a Jesús como digno de ser adorado como ser divino.

Al traducir una palabra, hay que tener en cuenta cuáles son los diversos significados que puede tener y cuál de ellos es el más apropiado en cada caso. Por eso, veamos qué significa realmente la palabra griega proskyneo.

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La liebre y el tigre

Qué gran decepción tenía el joven de esta historia, su amargura absoluta era por la forma tan inhumana en que se comportaban todas las personas pues al parecer, ya a nadie le importaba nadie.

Un día dando un paseo por el monte, vio sorprendido que una pequeña liebre le llevaba comida a un enorme tigre malherido, el cual no podía valerse por sí mismo. Le impresionó tanto al ver este hecho, que regresó al siguiente día para ver si el comportamiento de la liebre era casual o habitual. Con enorme sorpresa pudo comprobar que la escena se repetía: la liebre dejaba un buen trozo de carne cerca del tigre.

Pasaron los días y la escena se repitió de un modo idéntico, hasta que el  tigre recuperó las fuerzas y pudo buscar la comida por su propia cuenta. Admirado por la solidaridad y cooperación entre los animales, se dijo:
– "No todo está perdido. Si los animales, que son inferiores a nosotros, son capaces de ayudarse de este modo, mucho más lo haremos las personas".

Y decidió hacer la experiencia. Se tiró al suelo, simulando que estaba herido y se puso a esperar que pasara alguien y le ayudara. Pasaron las horas, llegó la noche y nadie se acercó en su ayuda. Estuvo así durante todo el otro día y ya se iba a levantar, mucho más decepcionado que cuando comenzamos a leer esta historia, con la convicción de que la humanidad no tenía el menor remedio, sintió dentro de sí todo el desespero del hambriento, la soledad del enfermo, la tristeza del abandono, su corazón estaba devastado, sí casi no sentía deseo de levantarse, entonces allí, en ese instante, lo oyó…¡Con qué claridad, qué hermoso!, una hermosa voz, muy dentro de él le dijo:

– "Si quieres encontrar a tus semejantes, si quieres sentir que todo ha valido la pena, si quieres seguir creyendo en la humanidad, para encontrar a tus semejantes como hermanos, deja de hacer de tigre y simplemente haz de liebre".

No a los crucifijos

El borrador de la nueva ley española de Libertad Religiosa garantiza la neutralidad de creencia, por lo tanto, no se podrán realizar funerales católicos ni exhibir Cristos cruficados en los recintos públicos, incluyendo hospitales y escuelas. 

Los funerales de Estado que se efectuaban en España a las vícitimas de atentados terroristas y a soldados y policías muertos en servicio, no podrán volverse a llevar a cabo si se aprueba la ley de Libertad Religiosa que prepara el Gobierno español.

El problema es que esas ceremonias eran exclusivamente católicas, no obstante que entre los muertos hubiese musulmanes, judíos o cristianos ortodoxos.

El borrador del texto legal que prepara el Ejecutivo español establece que el Estado organizará exclusivamente funerales civiles y sólo se podrá desarrollar una ceremonia religiosa si los familiares de los fallecidos lo solicitan. Y si entre los militares caídos hubiera católicos y musulmanes, tendrían que celebrarse dos ceremonias sucesivas o una sola multiconfesional.

“Los actos y celebraciones oficiales organizados por los poderes públicos se llevarán a cabo de forma que no integren ceremonias de carácter religioso” (según trascendió, después de una visita del presidente español José Luis Rodríguez Zapatero al Papa Benedicto XVI, el Gobierno no va a poner en marcha la nueva ley hasta después del verano, que termina el 22 de septiembre).

La materia de la ley se refiere en primer lugar a los funerales, pero también a cualquier otro acto religioso.

El texto, según confirman fuentes oficiales, se refiere, por primera vez, a la ‘laicidad del Estado’ —ese el título de un capítulo y de un artículo.

Sin embargo, en los artículos que desarrollan y explican esa laicidad, no se afirma que España será un Estado laico, sino que se habla solamente de “neutralidad de los poderes públicos ante la religión o las creencias”, y de la obligación del Estado de evitar “toda confusión entre las funciones oficiales y las  actividades religiosas”.

Un ejercicio más claro

La nueva ley servirá también para determinar el alcance de los derechos de la libertad religiosa y de conciencia y para que se tome más en cuenta la nueva realidad confesional que se vive en España, en la que, a causa de la inmigración, han crecido los adeptos a otras religiones, especialmente en lo que se refiere al número de musulmanes (1.4 millones), de protestantes (que rebasan el millón) y de cristianos ortodoxos (que ya suman 600 mil).

Las consecuencias concretas de la laicidad están contenidas en cuatro artículos. Aparte de regular los actos oficiales, el texto prohíbe los símbolos religiosos en determinados lugares: “En los establecimientos públicos no se exhibirán símbolos religiosos, salvo aquellos con valor histórico-artístico, arquitectónico y cultural, protegidos por las leyes”, establece la letra del documento. Es decir, no podrá haber crucifijos en escuelas ni hospitales públicos, ni tampoco en ayuntamientos ni ministerios.

Hay una excepción a esta regla en el texto. Pese a estar financiados con dinero público, los colegios concertados con el Estado o los centros médicos privados que tengan convenio con la Seguridad Social sí podrán exhibir simbología religiosa acorde a su credo (el Ministerio de Justicia estima que 80 por ciento de los símbolos religiosos carentes de valor artístico ya han sido retirados de los edificios públicos).

Limitaciones a la autoridad

En la nueva ‘Ley Española de Libertad Religiosa’, las  autoridades tienen bien definidas sus propias limitaciones. Por ejemplo, si acuden a “actos estrictamente religiosos”, deberán hacerlo “de tal manera que no suponga una quiebra de los principios de neutralidad y no discriminación”, dice el texto de la ley. Es decir, que no sólo deberán atender las invitaciones de la Iglesia católica y participar, por ejemplo, en procesiones, sino que también deberán acudir a los actos de las demás confesiones.

La presencia de funcionarios en los actos religiosos está regulada de forma distinta a la de las autoridades. El texto establece que la asistencia a esos actos será siempre “voluntaria”. El nuevo reglamento de honores militares se ha anticipado, en cierta medida, a la futura ley. Aprobado el 19 de mayo (hace un mes), estable que cuando el Departamento de Defensa autorice a escoltas y cadetes a asistir a celebraciones religiosas, la participación de los militares “tendrá carácter voluntario” y en todo caso “no podrán rendir honores al Santísimo, a la Virgen ni a los santos”.

Esta participación de los funcionarios, incluso si es voluntaria, podría chocar, según expertos consultados, con la ‘neutralidad’ de los poderes públicos y con la obligación de evitar “toda confusión entre las funciones estatales y las actividades religiosas que consagra la ley”.

Las restricciones islámicas

La comisión que redacta el anteproyecto de ley no ha decidido aún si regulará o no los símbolos religiosos individuales que llevan, en su vida pública, los ciudadanos que no representan al Estado; es decir, prendas como el hiyab (pañuelo islámico) que ya ha desatado polémica en ciertos sectores de la sociedad española.

“Es uno los asuntos que se siguen debatiendo”, indican fuentes del Gobierno. Pero el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, es favorable a legislar sobre el velo islámico. “Hay que precisar qué elementos religiosos de identificación personal puede portar un ciudadano dentro de los espacios públicos. Por lo tanto, la ley deberá ser clara y aplicar “el sentido común y la tolerancia”, señaló Caamaño.

Uno de los contenidos de la libertad de conciencia es el derecho a “vivir y comportarse de acuerdo con las propias convicciones y creencias”; lo que conlleva el poder expresar los elementos propios de cada  religión.

La regulación que se propone es similar a la contenida en la ley de libertad religiosa vigente (de 1980), que no consiguió dejar claro si el hiyab debe o no ser permitido en aulas o salas de juicio o si cualquier colegio o juez puede impedir su uso.

Las restricciones al uso del burka (que cubre casi toda la cara) y del niqab, entraron en algunas regiones españolas en una senda sin retorno tras la prohibición de Barcelona y Tarragona de lucir esas prendas en las dependencias municipales.

El alcalde de Barcelona, Jordi Hereu, anunció la expedición de un decreto que obligará a que todos los ciudadanos que visitan las instalaciones públicas puedan ser identificables en todo momento (el uso del velo islámico hace imposible identificar a una persona).

La idea es dejar claro que en todo momento los usuarios de las instituciones del Estado deben enseñar su cara, y de que cualquier autoridad puede prohibir la entrada a personas que lleven la cara total o parcialmente cubierta, ya se trate de burka, niqab, cascos de moto o pasamontañas. 

Apoyo oficial

El Gobierno propone también equipar prácticamente a las cuatro religiones que gozan en España de ‘notorio arraigo’ —mormones, testigos de Jehová, budistas y ortodoxos— con las tres que en 1992 firmaron acuerdos con el Estado; es decir, musulmanes, protestantes y judíos.

Pero la Iglesia católica gozará de una situación privilegiada, por ejemplo, continuará como la única confesión a la que los contribuyentes podrán dedicar 0.7 por ciento de su Impuesto sobre la Renta.

El borrador del proyecto de ley establece las condiciones (años de inscripción, número mínimo de lugares de culto, etcétera) para que otras religiones obtengan el estatus de ‘notorio arraigo’ y la consiguiente capacidad de interlocución con el Estado, así como las ventajas fiscales que de ello derivan.

FUENTE: http://www.vanguardia.com.mx/noaloscrucifijos-511360.html

FILIPENSES 2:6 y la Traducción del Nuevo Mundo

“Quien, aunque existía en la forma de Dios, no dio consideración a una usurpación, a saber, que debiera ser igual a Dios”. (Filipenses 2:6 — Traducción del Nuevo Mundo)

En 1953 Bruce Metzger, erudito en manuscritos en griego bíblico, escribió un artículo en la revista Theology Today titulado “The Jehovah’s Witnesses and Jesus Christ, A Biblical and Theological Appraisal” (Los Testigos de Jehová y Jesucristo, una evaluación Teológica y Bíblica) . (Algunos hicieron copias del artículo y lo vendieron como panfletos a 15 centavos de dólar). En la sección IV, de este artículo, titulado “Traducciones erróneas” dice que la Traducción del Nuevo Mundo “es torcida”.

¿Son válidos este tipo de comentarios? Lo son cuando quienes los expresan tienen un conocimiento de las lenguas bíblicas y lo hacen sin ningún tipo de tendencia doctrinal. No obstante, este tipo de comentarios provienen de personas que traducen los lenguajes bíblicos tendenciosamente en favor de la doctrina de la Trinidad, la cual enseña que Cristo es verdadero hombre y verdadero Dios.

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La laicidad, el “notorio arraigo” y la casilla del 0,7%

La única iglesia que podrá incrementar sus arcas con la casilla del 0,7% de IRPF (…) es una de las pocas “empresas” que obtuvieron beneficios en 2009) que bien podría haber empleado en otro tipo de menesteres más cercanos a su discurso pastoral como “ la ayuda al necesitado”.

NUEVATRIBUNA.ES – 14.6.2010
La expresión “laicidad del Estado” es el título de uno de los capítulos del borrador de la Ley de Libertad Religiosa que aunque pueda parecerlo no se refiere, como podría entenderse, a la concepción de España como un Estado laico sino a lo que el texto del borrador reconoce como “la neutralidad de los poderes públicos ante las creencias religiosas”.
Aunque el borrador de Ley de Libertad Religiosa no va a presentarse hasta después del verano (su envío a las Cortes Generales estaba previsto para este mes) se hizo público que entre los contenidos del texto se establece que los actos oficiales serán considerados “civiles” (los actos y celebraciones oficiales organizados por los poderes públicos se llevarán a cabo de forma que no integren ceremonias de carácter religioso), que no se podrán exhibir símbolos religiosos en colegios, hospitales, ministerios, o ayuntamientos (exceptuando a los edificios con valor histórico-artístico, arquitectónico y cultural) y que las autoridades que decidan a actos religiosos tendrán que respetar el principio de neutralidad (si optan acudir a los actos católicos tendrán también que asistir a los de otras confesiones).
Las religiones consideradas de “notorio arraigo” (mormones, testigos de Jehová, budistas y ortodoxos) se equipararán a las que firmaron el acuerdo de 1992 (musulmanes, protestantes y judíos) lo que se traduce en que alcanzarán la condición de interlocutor válido para el Estado y podrán obtener ventajas fiscales. En definitiva lo que parece es que la nueva ley va a establecer una relación igualitaria de privilegios entre los diferentes credos en lugar de la eliminación de los mismos, gracias a lo cual podrán seguir la estela de la iglesia católica, que no padece la crisis, ni la recesión y que disfruta de unas cuentas lo suficientemente saneadas como para permitirse seguir financiando sus actividades sin tener que llevar a cabo ningún tipo de recorte presupuestario.
En la actualidad estas ventajas son patrimonio exclusivo de la iglesia católica, gracias a su mayor influencia sociológica y al blindaje del concordato de 1979, un acuerdo que en la práctica se convirtió en un paquete de privilegios de los que la jerarquía católica va a seguir disfrutando porque aunque se vea obligada a compartirlos con otros credos continuará siendo la única iglesia que podrá incrementar sus arcas con la casilla del 0,7% de IRPF que seguirán marcando sus fieles contribuyentes; unos nueve millones en el ejercicio pasado y a los que la jerarquía católica “anima” a través de costosísimas campañas publicitarias a las que destina una elevada partida presupuestaria (la Iglesia es una de las pocas “empresas” que obtuvieron beneficios en 2009) que bien podría haber empleado en otro tipo de menesteres más cercanos a su discurso pastoral como “ la ayuda al necesitado”).
Un reportaje de Virginia Miranda publicado en el número 870 de la revista El Siglo aporta datos del Ministerio de Economía y Hacienda sobre las arcas de la Iglesia. “el Estado recaudó un 10,05 por ciento menos de IRPF en 2009” mientras “el déficit de las Administraciones asciende al 11,4 por ciento”. Frente a estas pérdidas se contrapone el aumento en las arcas católicas porque “la asignación de la Iglesia se ha incrementado en cambio un 4,3% por ciento gracias al mayor número de contribuyentes que marcaron su casilla en la declaración de la renta”.
Pilar Rego – Educadora Social

Papel Arrugado

Mi carácter impulsivo, me hacía reventar en cólera a la menor provocación. La mayor parte de las veces, después de uno de estos incidentes, me sentía avergonzado y me esforzaba por consolar a quien había dañado.

Un día mi consejero, quien me vio dando excusas después de una explosión de ira, me entregó un papel liso.

Y entonces me dijo:

– Estrújalo

Asombrado, obedecí e hice una bola con él papel.

Luego me dijo:

– Ahora déjalo como estaba antes.

Por supuesto que no pude dejarlo como estaba. Por más que traté, el papel quedó lleno de arrugas.

Entonces mi consejero hablo:

– El corazón de las personas es como ese papel. La impresión que dejas en ese corazón que lastimaste, será tan difícil de borrar como esas arrugas en el papel. Aunque intentemos enmendar el error, ya estará “marcado”.

Desde hoy, se más compresivo y más paciente.
Cuando sientas ganas de estallar recuerda… El papel arrugado y no arrugues un corazón

Rusia condenada por prohibir a los Testigos de Jehová

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo consideró que las autoridades rusas «no actuaron de buena fe y faltaron a su deber de neutralidad y de imparcialidad» con esta comunidad religiosa.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo condenó este jueves a Rusia por haber disuelto en 1998 de manera “injustificada” a los Testigos de Jehová y haber rechazado de forma repetida desde entonces su autorización oficial.

El Tribunal de Estrasburgo consideró que al rechazar reiteradamente la inscripción de los Testigos de Jehová de Moscú, las autoridades rusas “no actuaron de buena fe y faltaron a su deber de neutralidad y de imparcialidad” con esta comunidad religiosa.

Asimismo, la Corte estimó que la duración del proceso de disolución ante los tribunales (cinco años y medio) fue “excesivo”, y dictaminó que Rusia debe pagar a los demandantes 20.000 euros por el daño moral y 50.000 euros por las costas judiciales.

Los jueces de Estrasburgo determinaron que Rusia violó tres artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos: el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión; el derecho a la libertad de reunión y asociación; y el derecho a un proceso justo en un período razonable.

Los testigos de Jehová habían estado presentes en Rusia desde 1891, y tras su prohibición durante el régimen comunista, lograron en 1993 el estatus de “persona moral”.

Pese a ello, en 1998 un tribunal moscovita sentenció su disolución y puso fin a sus actividades, a petición de una organización no gubernamental próxima a la Iglesia ortodoxa rusa.

Los demandantes intentaron en reiteradas ocasiones, con el pretexto de la entrada en vigor de la ley sobre libertad de conciencia y asociaciones religiosas en 1997, volver a recuperar su estatus, pero finalmente en 2004 una decisión de la justicia ordenó su disolución definitiva.

Fuente: http://www.elmostrador.cl/noticias/mundo/2010/06/10/rusia-condenada-por-prohibir-a-los-testigos-de-jehova/

Fuente: http://www.nortecastilla.es/agencias/20100610/mas-actualidad/vida-ocio/rusia-condenada-prohibir-testigos-jehova_201006101356.html

Corte Europea califica de ilegítima la disolución en Moscú de la comunidad Testigos de Jehová

París, 10 de junio, RIA Novosti. El Tribunal Europeo para los Derechos Humanos calificó de ilegítimo el fallo dictado en Moscú sobre la disolución de la comunidad religiosa Testigos de Jehová  y obligó a Rusia a pagarle 70 mil euros, informó hoy la oficina de prensa del Tribunal de Estrasburgo.

La demanda judicial de prohibir la actividad  de Testigos de Jehová fue presentada en 1995 por la ONG Comité de Salvación. En marzo de 2004, un juzgado distrital de Moscú disolvió a esa organización religiosa y prohibió su actividad. Le imputaron, en particular, los intentos de enganchar a menores de edad en contra de su voluntad y sin autorización de sus padres, de inducir a los creyentes a romper con sus familias, así como de violar los derechos y las libertades de ciudadanos, atentar contra su salud, incitarlos a suicidios y a renunciar a la ayuda médica por consideraciones religiosas.

Testigos de Jehová  a su vez apelaron al Tribunal de Estrasburgo en octubre de 2001, que emitió su veredicto el 10 de junio de 2010, señalando que dichas acusaciones no estaban debidamente probadas.

El Tribunal calificó la disolución de la comunidad religiosa en cuestión como una medida desproporcional y demasiado rigurosa.

La decisión tomada hoy entrará en vigor dentro de tres meses si las partes en el transcurso de ese período no solicitan examinar el pleito en la Gran Cámara del Tribunal Europeo para los Derechos Humanos.

Testigos de Jehová  es una organización religiosa internacional. En opinión de las confesiones tradicionales y varios expertos, es una secta totalitaria seudocristiana. Según la propia organización, en agosto de 2009 tenía unos siete millones de adeptos. La actividad de Testigos de Jehová  está prohibida en China, Corea del Norte, Uzbekistán, Turkmenistán, Arabia Saudí, Irán, Iraq y otros países.

FUENTE: http://sp.rian.ru/onlinenews/20100610/126656638.html

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